Programa de Apoyo Solidario en Situaciones Calificadas
Artículo 37. Apoyo solidario en situaciones calificadas
“La JAFAP establecerá un programa de apoyo solidario para atender situaciones muy calificadas de sus afiliados y afiliadas. Para tal efecto, establecerá un procedimiento que determine las situaciones que ameriten dicho apoyo, así como los requisitos y las condiciones para otorgarlo. Este procedimiento será remitido para su ratificación, al Consejo Universitario. El monto del apoyo otorgado por la JAFAP a la persona afiliada deberá ser devuelto, sin intereses y en el plazo que autorice la JAFAP”.
Artículo 38. Monto para apoyo solidario en situaciones calificadas
“El Consejo Universitario definirá, por acuerdo y ante propuesta de la JAFAP el porcentaje o monto de recursos que se utilizarán para el apoyo a personas afiliadas que presenten situaciones calificadas y que ameriten de un apoyo solidario por parte de la JAFAP. Este monto se actualizará cada año de acuerdo con el índice de precios al consumidor (IPC), definido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La Junta Directiva remitirá cada año un informe al Consejo Universitario sobre el uso de estos recursos”.
Para más información dar clic al documento “Programa Apoyo Solidario”
Teléfono: 2511-6012
Correo: apoyo.solidario@jap.ucr.ac.cr